INFORMACIÓN GENERAL


La asociación Cumiche está inscrita con el nº de registro 165871, en sección primera del Registro Nacional de Asociaciones, y fue considerada de utilidad pública en 2004, y es regida por el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo, aplicándose el titulo II de la 49/2002, de 23 de diciembre.

Por este motivo los donativos, donaciones y aportaciones realizadas efectuadas a Cumiche, tendrán las siguientes ventajas fiscales:

DEDUCCIONES FISCALES (excepto Navarra y el País Vasco)

SI ERES PERSONA FÍSICA*
- Donación hasta 250 €, deducción del 80%
- resto donación a partir de 250 €: 40%, y en el caso en el que se haya donado al menos 3 años seguidos, la deducción es del 45%.

SI ERES EMPRESA
-Si no has donado al menos 3 años seguidos, la deducción en el Impuesto de Sociedades es del 40% y si éste ha sido el caso, la deducción llega a un 50%.
Limite de deducción del 15% de la base liquidable.

* Sólo se pueden beneficiar de estas ventajas las personas que hayan contribuido con el IRPF en el ejercicio fiscal y estén obligadas a realizar la Declaración de la Renta, con un límite de deducción del 10% de la base liquidable.
** En caso de haber donado más de 150€ durante 3 años seguidos, el importe ha de ser igual o superior, en cada uno de ellos, al ejercicio anterior para beneficiarse del incremento de deducción indicado.
*** En caso de haber donado durante 3 años seguidos, el importe ha de ser igual o superior, en cada uno de ellos, al ejercicio anterior para beneficiarse del incremento de deducción indicado.


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